Fines y Actividades

La Sociedad Española de Optometría (SEO), tiene los siguientes fines:

1. Reunir a todos los Ópticos-Optometristas que tengan interés en el ámbito de la investigación optométrica y desarrollen su actividad en el marco de las instituciones sanitarias públicas o privadas, y/o en entes territoriales de gestión sanitaria.

2. Colaborar en la participación del Óptico-Optometrista en Atención Primaria.

3. Ayudar a promover la creación de las especialidades en el ámbito de la Optometría y la Óptica Oftálmica, colaborar con las Universidades y el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas para la elaboración de los criterios formativos de cada especialidad.

4. Dar orientación a las necesidades profesionales, de formación y de investigación, expresada por sus miembros, mediante la organización de cursos, congresos, seminarios, reuniones y publicaciones de carácter científico o técnico.

5. Promover la investigación científica en todos los campos relacionados con la Optometría.

6. Informar a los socios de los aspectos técnicos, legales o científicos que sean de interés para los mismos.

7. Actuar como órgano consultivo sobre la normativa que afecta a la Optometría y la Óptica Oftálmica.

8. Emitir dictámenes o informes a petición de organismos públicos o privados, Tribunales de Justicia, entidades científicas o de su propia Junta de Gobierno.

9. Informar a los medios de comunicación social, sobre los avances e investigaciones en el campo de la Optometría y la Óptica Oftálmica.

10. Establecer relaciones con otras sociedades científicas.

11. Velar por el prestigio profesional de sus miembros y el cumplimiento de los principios deontológicos. 

La Sociedad Española de Optometría realizará las siguientes actividades: 

Para el cumplimiento de los fines enumerados en el artículo anterior, la Sociedad Española de Optometría realizará las siguientes actividades: 

1. Promover y coordinar trabajos de investigación relacionados con la Optometría, el Sistema Visual y todos sus medios compensadores, así como el contenido y actividades de todas las secciones recogidas en el artículo 8 de los presentes Estatutos.

2. Organizar cursos, certámenes, reuniones, coloquios, mesas redondas, seminarios, conferencias, etc., tanto presenciales como telemáticas.

3. Editar publicaciones y anales de la Sociedad.

4. Relacionarse y colaborar con las Instituciones Públicas y Privadas nacionales e internacionales que puedan ayudar al estudio, investigación y el enaltecimiento del ejercicio profesional del óptico-optometrista en la atención primaria de la Salud Visual y Ocular.

5. Participar, si es requerida, en la toma de decisiones que la Administración Sanitaria plantee en materia de política sanitaria.

6. Ayudar a potenciar el ejercicio profesional del Óptico-Optometrista en el Sistema Nacional de Salud.

7. Facilitar el intercambio de experiencias y conocimiento entre los miembros de la Sociedad.

8. Establecer programas de formación propia especializada de postgrado.

9. Promover y coordinar trabajos de investigación relacionados con la Optometría y la Óptica-Oftálmica.

10. Establecer relaciones con otras sociedades científicas nacionales e internacionales.

11. Otorgar premios, reconocimientos y distinciones .

12. Cualquier otra actividad que la Junta de Gobierno considere oportuna y apropiada.

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